Subsidio de Integración Social y Territorial, DS19

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Subsidio de Integración Social y Territorial (DS. 19)

¿En qué consiste el Programa?

Permite a familias de diferentes realidades socioeconómicas que buscan adquirir su primera vivienda con apoyo del Estado, acceder a proyectos habitacionales en barrios bien localizados y cercanos a servicios, con estándares de calidad en diseño, equipamiento y áreas verdes.

Las familias que tienen un subsidio para comprar una vivienda lo pueden aplicar en estos proyectos habitacionales, en la medida que existan viviendas por el valor correspondiente a su beneficio.
De igual forma, las familias o personas que no tienen un subsidio habitacional también pueden acceder a viviendas de estos proyectos, siempre y cuando cumplan con los requisitos de postulación al Subsidio para Sectores Medios, DS. 1.

Puedes acceder a este programa con los siguiente Subsidios:

Sin deuda Hipotecaria

  • Fondo Solidario DS. 174 o DS. 49
  • DS. 1 Tramo 1 (ex Título I tramo 1) Subsidio Sectores Medios (*)
  • Segunda Oportunidad (2013)
  • Subsidio destinado a daminificados a partir del 2014

Me permite adquirir una vivienda de HASTA 1.100 UF (*)

¿Cómo se paga mi vivienda?

AHORRO + SUBSIDIO + BONOS. Queda pagada en su totalidad.

¿Me pueden cobrar por gastos operacionales y de escrituración?

  1. El subsidio incluye un aporte adicional de hasta 10 UF para dichos gastos.


Con deuda Hipotecaria

·         DS 1 Tramo 1 (ex Título I tramo 1)

Permite comprar una vivienda de HASTA 1.400 UF (*).

Sólo en caso de no existir cupo para viviendas de 1100 UF, puede optar por viviendas de hasta 1.400 UF.

·         DS 1 Tramo 2 (ex Título I tramo 2)

·         DS 1 Tramo 3 (ex Título II)

Permite comprar una vivienda de HASTA 2.200 UF (*)

 

¿Cómo se paga mi vivienda?

AHORRO + SUBSIDIO + BONOS + APORTE (CONTADO O HIPOTECARIO)


Si aún no tengo subsidio

Puedes acceder a este programa con los siguientes requisitos:

AHORRO + PERTENECER HASTA EL 90% EN RSH (Registro Social de Hogares) + No tener una propiedad (postulante, cónyuge, conviviente civil o integrantes del grupo familiar declarado).

Me permite adquirir una vivienda de HASTA 2.200 UF (*)

¿Cómo se paga mi vivienda?

AHORRO + SUBSIDIO + BONOS + APORTE (CONTADO O HIPOTECARIO)